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La Corte Constitucional de Colombia pone límites a las pensiones de congresistas y magistrados

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Palacio de Justicia de Bogotá, sede de la Corte Constitucional.
Kinori / Wikimedia Commons

Bogotá, Colombia
8 de mayo de 2013

8 de mayo de 2013
Bogotá, Colombia
La Corte Constitucional de Colombia ha ordenado su decisión del martes 7 de poner límites a las pensiones millonarias que devengan los miembros del Congreso de la República y los magistrados de las cortes a partir del primero de julio próximo.

El trascendental fallo indica que el tope no debe superar los 25 salarios mínimos, que para este 2013 equivalen a 14 737 500 de pesos colombianos (más de 8 000 USD), ordenando a las empresas prestadoras de las pensiones a revisar las liquidaciones de los más de 1 000  funcionarios públicos con retroactividad posterior al 31 de julio de 2010. En caso de presentarse sumas mayores, se hará disminución con plazo al 31 de diciembre del presente año, lo cual deja inexequible la ley 4 de 1992 en lo que respecta al régimen especial de pensiones para los funcionarios citados. Para las respectivas liquidaciones, se tendrán en cuenta los diez últimos años de trabajo.

Con esta sentencia, el Estado colombiano podría ahorrar más de 50 millones COP (27 400 $) en materia pensional, pues en declaraciones a la prensa el ministro de hacienda, Mauricio Cárdenas Santamaría, argumentó que "lo que se espera, en honor a la equidad y estabilidad financiera del sistema, es que se ordene una vigencia retroactiva de dichos topes desde el día en que fue proferido el Acto Legislativo, es decir, desde 2010" y exhorta a aquellos que hayan devengado sumas superiores a devolver el dinero al Estado que en su criterio podrían haberse obtenido de forma fraudulenta.

Esta sentencia se decreta en momentos en que existe un descontento popular en materia de régimen pensional por el cual las mensualidades de la mayoría de trabajadores son muy bajas en comparación con las sumas altas de dinero que gozan parlamentarios y magistrados, a pesar de varias reformas que se habían desarrollado en los últimos años. Pese a ello, la Corte tuvo en cuenta varios principios del estado social de derecho y los fines del sistema para con la población.

La norma inexequible fue demandada por los abogados Germán Calderón España y Dionisio Araújo, este último manifiestó que "[l]a Corte mostró independencia y cumplió con su papel de guardiana de la Constitución. Ahí había muchos intereses fuertes que buscaban que ese no fuera el resultado". En tanto las opiniones de varios juristas frente al fallo están divididas, en las cuales unos manifestaron su desacuerdo por el cual hay algunos que ya tienen más de 30 años cotizando su pensión mientras otros como los magistrados del Consejo de Estado Alfonso Vargas y Jesús María Carrillo aprobaron la decisión en vista de un clamor popular por la equidad pensional.

No se descarta que esta sentencia podría ser demandada en ésta última entidad, la cual podría convertirse en posibles denuncias contra el Estado.

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